viernes, 5 de febrero de 2010

SE CUMPLEN 15 AÑOS DEL ASESINATO DE JEANNETTE KAWAS

Blanca Jeannette Kawas, sigue en nuestros recuerdos, por ser una víctima más de la impunidad que impera en nuestro país. Jeannette dedicó muchos años de su vida a cuidar la naturaleza y por eso fue asesinada a balazos el seis de febrero del año 1995 en su casa de la ciudad de Tela, Atlántida. Era presidenta de la Fundación para la Protección de Lancetilla, Punta Sal y Texiguat (PROLANSATE).

Por este asesinato, el Estado hondureño fue condenado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por la violación del derecho a la Libre Asociación en perjuicio de Blanca Jeannette Kawas Fernández. La condena establece que el Estado violó el derecho a la Libertad de Asociación reconocido en el artículo 16.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con el artículo 1.1 de la misma, en perjuicio de Kawas.

Asimismo, violó el derecho a la vida reconocido en el artículo 4.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, contenida en el artículo 1.1 de la misma, en perjuicio de Kawas, en los términos de los párrafos 72 a 108 de la presente Sentencia. También, se violó el derecho a la integridad personal previsto en el artículo 5.1 de la misma Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con el artículo 1.1 de la misma, en perjuicio de los padres, hermanos de hijos de Jeannette Kawas.

La CIDH encontró culpable al Estado hondureño, por lo que debe concluir los procedimientos penales o iniciar los correspondientes, por los hechos que generaron las violaciones a los derechos humanos en el caso de Jeannette Kawas, señala la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, emitida el 03 de abril del año pasado.

El Estado de Honduras en un plazo de dos años deberá realizar el levantamiento de un monumento en memoria de Blanca Jeannette Kawas así como realizar la rotulación del parque nacional que lleva su nombre. El Estado debe ejecutar en un plazo de dos años, una campaña nacional de concientización y sensibilización sobre la importancia de la labor que realizan los defensores del medio ambiente en Honduras y de sus aportes en la defensa de los derechos humanos, hasta el momento el Estado no ha cumplido con lo que ordena la Corte Interamericana.

El Estado también debe brindar por el tiempo que sea necesario, el tratamiento psicológico a los familiares de Kawas: Blanca Fernández, Selsa Damaris Watt Kawas, Jaime Alejandro, Jacobo Roberto Kawas Fernández, Jorge Jesús Kawas Fernández y Carmen Marilena Kawas Fernández, si así lo solicitan.

La sentencia señala que el Estado debe realizar, en un plazo de un año, un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional, además de la indemnización correspondiente a sus familiares.

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